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La portabilidad numérica: Un derecho vulnerado por Movistar y la contundente sanción de la SIC

La portabilidad numérica: Un derecho vulnerado por Movistar y la contundente sanción de la SIC

Si usted es usuario prepago de Movistar, es probable que haya sido afectado por una práctica que la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) ha calificado como una vulneración al derecho fundamental a la portabilidad numérica. Recientemente, la SIC impuso una multa de tres mil millones de pesos a Movistar S.A. por obstaculizar, de forma sistemática y durante más de dos años, el derecho de sus usuarios a la portabilidad numérica. Este derecho es fundamental, ya que permite a los usuarios de servicios de telefonía, tanto fijos como móviles, cambiar de proveedor manteniendo su número original.

La portabilidad numérica es un pilar esencial en el mercado de las telecomunicaciones. Su correcta aplicación es vital para fomentar la competencia entre compañías, incentivándolas a ofrecer mejores precios y servicios, lo que beneficia directamente a los consumidores. Sin embargo, la SIC determinó que Movistar implementó una estrategia para limitar este derecho a través de su programa “Bono de fidelización prepago siempre conectado”.

Este esquema generaba una deuda ficticia de $1.500 pesos a los usuarios prepago. Al realizar recargas superiores a $18.000 pesos, se activaba automáticamente este supuesto beneficio, que consistía en un bono de 10 minutos a todo destino (TD) y 100 MB para WhatsApp, valorado en $1.500. Se establecía que este valor sería condonado al final del mes si el cliente permanecía con el servicio prepago. No obstante, la deuda de $1.500 solo se hacía exigible cuando el usuario intentaba solicitar la portabilidad numérica, momento en el que la empresa alegaba la existencia de una “mora” o deuda para denegar la solicitud de cambio de operador. Muchos usuarios no reconocían esta supuesta obligación, ya que no había mediado una aceptación clara o expresa de su parte para adquirirla; este “beneficio” se activaba de manera automática.

La SIC fue categórica al señalar que esta práctica es contraria a la ley. Concluyó que la verdadera intención del programa era retener a los usuarios de forma indebida y calificó esta estrategia como una represalia comercial que distorsionó las reglas del mercado. Esta conducta perjudicó directamente el derecho del usuario a elegir y cambiar libremente de operador, ya que Movistar creó una barrera artificial e injustificada en el proceso de portabilidad numérica, desconociendo los principios de transparencia y acceso a la información.

Esta decisión no solo busca corregir una práctica específica, sino que también reafirma el compromiso de las autoridades con la libre elección de los consumidores y la competencia leal en el mercado de las comunicaciones, evitando la imposición de barreras injustificadas. La SIC, con esta actuación, reafirma su labor de inspección, vigilancia y control para garantizar que las empresas actúen dentro del marco legal y protejan los derechos de los consumidores.


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